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Chambers County Jury Services

 

Este enlace sirve tanto para la tarjeta postal de precalificación como para completar la convocatoria en línea. 

Si recibió una tarjeta postal de precalificación por correo, puede hacer clic en este enlace para completarla.  La tarjeta postal no es una citación.  Es solo para ver si usted es elegible para servir como jurado en el Condado de Chambers.

Una vez que reciba una citación en papel por correo, iniciará sesión en este enlace para completar la citación en línea.  Tenga en cuenta que si aún no ha completado la citación en línea, se le pedirá que lo haga en el registro donde el personal del jurado estará allí para ayudarlo.

La pregunta que pregunta "si usted es el cuidador principal de una persona que no puede cuidarse a sí misma" no incluye el cuidado infantil después de la escuela.

 

Bienvenidos a el Nuevo Departamento de Servicio de Jurados de el Condado de Chambers

 

Administrado por la Officina De la Secretaria de el Distrito de el Condado de Chambers, nuestro nuevo Departamento de Servicios de Jurado es su ventanilla unica para la correspondecncia, notificaciones, y preguntas del Jurado en el tribunal del Distrito y el Condado de Chambers. Este nuevo systema fue approvado por la Corte de Commicionados de nuestro condado para poder ser mas effectivo en poder proccesar sus registraciones de los juramentos.

El nuevo systema es disenado para ser facil y rapido de usar. Permitirá que un jurado se registre y complete un cuestionario en línea. Una vez registrados, los jurados recibirán notificaciones, citaciones y actualizaciones a su servicio de jurado por correo electrónico, teléfono o mensaje de texto.  Nuestro coordinador de servicios de jurado está disponible para servir a los tribunales y ciudadanos del Condado de Chambers.  

Juramentos

 

El Servicio del Jurado es una de las mas importantes responsabilidades que temenos como ciudadanos, solo superada por el derecho al voto, y es un componente vital del Sistema de Justicia Estadounidense. Según lo previsto por la Constitución de los Estados Unidos, la selección imparcial y aleatoria de los jurados se realiza sin tener en cuenta la raza, el sexo, la ocupación, la educación o el nivel económico, y se hace para reunir una sección representativa de la población del condado.

Las conclusiones hechas por un jurado son de importancia crítica. El caso que se está escuchando puede ser tan complejo como una demanda por contrato que involucra millones de dólares, o tan simple como uno que involucra una parada de tráfico.  Para asegurar que la decisión del tribunal sea justa, cada miembro del jurado debe tomar en serio su deber.  Es responsabilidad de cada residente del Condado de Chambers responder a la llamada cuando sea llamado para el deber de jurado.

eRespuesta

 

El departamento de Servicios de Jurado del Condado de Chambers se complace en presentar nuestro nuevo sistema eRespuesta. Este sistema encontado en el web le brinda la oportunidad de responder a sus avisos de servicio de jurado en línea.

(Favor de Notar: NO envíe por correo su cuestionario de jurado si lo está completando en línea. Sin embargo, deberá traer con usted la parte superior de la citación en la fecha en que debe presentarse para el servicio de jurado).

Este sistema le permitirá de dar un correo electrónico y un número de teléfono que se utilizarán para enviarle notificaciones y recordatorios sobre su servicio de jurado.

 

En eRespuesta puedes:

  • Notificarnos de una descalificación del servicio de jurado,
  • Reclamar una excepción para este servicio de jurado o todo servicio de jurado,
  • Elijir donar su servicio de los primeros días,
  • Compobar el estado de su servicio de jurado, y
  • Encontrar su ubicación de informes,

Si usted tiene preguntas o decea diferir su fecha de servicio, favor de contactar el coordinador de jurados al 409-267-2432.

Si no tiene accesso a una computadora, tableta, o a un telefono con internet para poder accesar eRespuesta, puede llamar al sistema de respuesta de voz interactiva al 409-207-8759. Si necesita más ayuda o desea recibir su cuestionario en papel, comuníquese con el coordinador de servicios del jurado en juryservice@chamberstx.gov o llame al 409-267-2432.

Para acceder a eResponse necesitará su número de candidato a jurado y su fecha de nacimiento.  El número de candidato al jurado se puede encontar en su tarjeta postal, citación o carta de recordatorio ubicada debajo de su nombre.

Haga Clic en el botón de abajo para acceder a eResponse .

ADVERTENCIA: TENGA CUIDADO CON LAS ESTAFAS TELEFÓNICAS.

Nadie del Condado de Chambers le llamará o le enviará un mensaje de texto solicitándole que pague una multa por no presentarse al servicio de jurado.  Si recibe este tipo de comunicación, notifique a la Oficina del Sheriff del Condado de Chamber al 409-267-3220. 

  • ¿Es obligatorio el servicio de jurado?

    Si. La Constitución de los Estados Unidos y la Constitución del Estado de Texas garantizan el derecho a un juicio por jurado. La ley estatal obliga a todos los residentes calificados a servir como jurado.

    Además, el Código de el Gobierno de Texas, la Sección 62.0141, la Sección 62.111 y el Código de Procedimiento Penal, el Artículo 19A.054 establecen que una persona será multada no menos de $ 100 ni más de $ 500 si la persona no asiste a la corte en obediencia a una citación sin excusa razonable o presenta un reclamo falso de exención del servicio de jurado.

     

    ¿Cómo fui seleccionado?

    Usted fue seleccionado al azar a través del sistema de jurado electrónico utilizado por el departamento de Servicios de Jurado del Condado de Chambers de una lista que nos proporcionó el Secretario de Estado de Texas.  Esta lista está compuesta por aquellos que tienen una licencia de conducir válida, una tarjeta / certificado de identificación personal, o un registro de votantes en el condado de Chambers.

     

    ¿Cómo puedo reclamar una exepción o descalificación del servicio de jurado?

    Si califica para reclamar una exepción o descalificación del servicio de jurado, entonces será excusado y no tendrá que aparecer en su fecha de citación.  Para reclamar cualquiera de los dos, inicie su sesión en eRespuesta y complete las preguntas.  Sobre la base de sus respuestas, el sistema determinará si califica para cualquiera de los dos y le informará que la exepción o descalificación ha sido aprobada.  No será necesaria ninguna otra acción por su parte.

     

    ¿Cómo puedo posponer mi servicio de jurado?

    Una vez que haya completado el cuestionario en eResponse, puede volver a iniciar sesión en el sistema y solicitar un aplazamiento.  El coordinador del servicio de jurado le ayudará a partir de ese momento.

     

    ¿Puede mi empleador impedirme servir como jurado?

    No. La ley estatal prohíbe que un empleador discrimine a un empleado por tomarse un tiempo libre para servir como jurado.

    Nota para los empleadores:  De conformidad con el Código de Práctica Civil y Recursos, Sección 122.001 Derecho del Jurado al Reempleo; Aviso de intención de devolución.

    1. Un empleador privado no puede terminar el empleo de un empleado permanente porque un empleado sirve como jurado.
    2. Un empleado quien el empleo se termina en violación de esta sección tiene derecho a regresar al mismo empleo que el empleado tenía cuando fue convocado para el servicio de jurado si el empleado, tan pronto como sea posible después de la liberación del servicio de jurado, le da al empleador un aviso real de que el empleado tiene la intención de regresar.

    ¿Mi empleador tiene que pagarme mientras sirvo en el servicio de jurado?

    No. La ley estatal no requiere que los empleadores compensen a sus empleados mientras están en servicio de jurado.  Muchos empleadores, sin embargo, apoyan el sistema de jurados.  Consulte con su empleador con respecto a la política de su empresa.

     

    ¿Cuál es el vestuario aceptable para el servicio de jurado?

    Ropa "casual para negocios" se considera la forma apropiada de vestirse para el servicio de jurado.  También se permiten pantalones de mesclilla bonitos y lisos.  No se permiten pantalones cortos, uniformes, camisetas sin mangas, chanclas, o agujeros en cualquier ropa.  Se pueden usar sombreros, pero se requerirá que se quiten en la sala del tribunal.

     

    ¿Qué pasa si tengo una discapacidad, problema médico / de salud mental que me impide asistir?

    El Condado de Chambers tratará de acomodar a cualquier persona con una discapacidad o problema médico / de salud mental, sin embargo, un jurado también puede optar por ser excusado debido a una discapacidad o problema médico / de salud mental.  Si este es el caso, un miembro del jurado debe presentar un Formulario de Certificación médica / mental del jurado a su médico para ser completado y devuelto al coordinador del servicio de jurado dentro de los 15 días posteriores a su notificación para el servicio.  De lo contrario, el nombre del jurado se colocará de nuevo en el grupo de jurados para la citación.

    Por favor, complete el cuestionario eResponse y indique que va a completar este formulario para que podamos colocar su estado en "documentación pendiente".  Puede entregar este formulario por correo, correo electrónico juryservice@chamberstx.gov o fax 409-267-8209.

     

    ¿Puedo ser excusado por razones relacionadas con el trabajo?

    No.  No se le puede excusar por motivos laborales o económicos.  Sin embargo, una vez que esté en el proceso de Voire Dire dentro de la sala del tribunal de un juez, puede dar a conocer su solicitud a los abogados y ellos tomarán una decisión final.

     

    ¿Qué pasa si tengo unas vacaciones planeadas en la fecha en que debo presentarme al servicio de jurado?

    Simplemente llamen a la oficina con anticipación, cualquiera de mis empleados son capacitados para discutir la posibilidad de posponer su servicio de jurado por hasta 60 días para acomodar su horario.

  • Si no cumple con cada una de las siguientes calificaciones, no puede servir como jurado en el Condado de Chambers.  Si alguno de estos se aplica a usted, márquelo en consecuencia en eResponse y el sistema lo eliminará del servicio de jurado (es posible que se requiera documentación para confirmar su elección).

    • Tener al menos 18 años de edad.
    • Ser ciudadano de los Estados Unidos*
    • Ser residente del Condado de Chambers, Texas.
    • Estar calificado bajo la Constitución y las leyes para votar en el Condado de Chambers.
    • Ser de mente sana y buen carácter moral.
    • Ser capaz de leer y escribir en inglés.
    • No haber servido como jurado durante seis días durante los seis meses anteriores en un tribunal de distrito o durante los tres meses anteriores en un tribunal del condado.
    • Nunca han sido condenados por un delito menor de robo o cualquier delito grave.
    • No estar bajo acusación o otra acusación legal por robo menor, robo grave o cualquier otro cargo de delito grave.

    *Nota: Si declara que no es ciudadano de los Estados Unidos, ya no será elegible para votar sin proporciona prueba de ciudadanía estadounidense al registrador de votantes de su condado. 

  • No está obligado a reclamar una exepción del servicio de jurado; sin embargo, puede optar por ser excusado de este servicio de jurado en particular si:

    • Es mayor de 70 anos.*

      *Si desea reclamar una exepción permanente de todo servicio de jurado, complete el formulario de exención permanente para mayores de 70 años y devuélvalo al coordinador del servicio de jurado.

    • Tiene el custodio legal de un niño menor de 12 años de edad (o 18 años de edad para el gran jurado) y el servicio en el jurado requerirían dejar al niño sin la supervisión adecuada.
    • Es Un estudiante en una escuela secundaria pública o privada o esta en asistencia real a una institución de educación superior.
    • Es Un funcionario o empleado del Senado, la Cámara de Representantes o cualquier comisión departamental, junta, oficina o cualquier agencia en la rama Legislativa del gobierno estatal.
    • Es cuidador principal de una persona que no puede cuidar de sí misma.
    • En servicio activo de cualquier rama del ejército de los Estados Unidos y desplegado fuera del Condado de Parker.

    Pago por Servicio de Jurado

    ¿Me pagan por mis servicios de jurado?

    ¡Sí! A los jurados que se presenten para la selección del jurado se les pagará $ 10.00 por su asistencia (si se determina que usted no vive en el Condado de Chambers, no se le pagará).  Usted tiene la opción de donar estos $ 10.00 cuando se registra a través de eRespuesta.

    A los jurados elegidos para servir en un jurado se les pagará $ 40.00 por día o parte de un día hasta que se complete su servicio.  Se enviará un cheque por correo a la misma dirección a la que se envió su citación, a menos que nos den una dirección diferente.  Tendrá la oportunidad de donar parte o la totalidad de su pago.

    Donación de reembolso del Jurado

    De conformidad con la Sección 61.003 del Código de Gobierno de Texas, un jurado tiene la opción de donar su pago de jurado a los programas que se enumeran a continuación:

    • Junta de Bienestar Infantil del Condado de Chambers (cuidado de niños sin hogar y crianza): Para proporcionar servicios coordinados de bienestar público estatal y local para niños y sus familias y para el uso coordinado de fondos federales, estatales y locales para estos servicios bajo la dirección de una junta de bienestar infantil creada por la Corte de Comisionados.
    • Colleccion para el Memorial de los Officiales Caidos de el Condado De Chambers: Para proporcionar asistencia financiera a las familias de los agentes de la ley caídos del Condado de Chambers.
    • Fondo de Compensación para Víctimas de Delitos del Estado de Texas: Para financiar y alentar una mayor participación de las víctimas en la aprehensión y el enjuiciamiento de criminales y reembolsar a víctimas inocentes por ciertos gastos de bolsillo incurridos como resultado de delitos violentos.
    • Punto de inflexión del Área de la Bahía (Bay Area Turning Point): Para financiar el refugio local y los servicios de apoyo para las mujeres sin hogar, maltratadas y desplazadas y sus hijos.

    ¿Cuándo recibiré el pago?

    El pago del servicio de jurado se procesa en aproximadamente 4 a 6 semanas.  Todos los pagos son enviados por correo por la Oficina del Tesorero del Condado de Chambers.

    • Tenía la intención de donar mi pago de jurado, pero recibí un cheque.¿Cómo puedo donar?
    • Recibí mi cheque, pero la cantidad es incorrecta.¿Con quién me comunico?
    • Nunca recibí mi cheque de jurado.¿Cómo obtengo un reemplazo? 
  • District Clerk Mailing Address:
    PO Box NN
    Anahuac, Texas 77514
     Physical Address:
    2128 SH 61,
    Anahuac, Texas 77514
    253 District Court
    Mailing Address:
    1923 Sam Houston, Room 223
    Liberty, Texas 77575
     Physical Address:
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    Anahuac, Texas 77514
    344th District Court Mailing Address:
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    Anahuac, Texas 77514

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    County Clerk Mailing Address:
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    Anahuac, Texas 77514
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    PO Box 332
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     Physical Address:
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    Winnie, Texas 77665
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     Physical Address:
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    Anahuac, Texas 77514
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    Mailing Address:
    PO Box 971
    Anahuac, Texas 77514

     Physical Address:
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    Anahuac, Texas 77514
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    Mont Belvieu, Texas 77523
    Justice of the Peace Precinct 5 Mailing Address:
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    Wallisville, Texas 77597
     Physical Address:
    524 No. 9 Road
    Wallisville, Texas 77597
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